Gracias Gari G por la pronta respuesta.
Entiendo que si el reclamante considerara que ese contenido no está registrado a su nombre, está en su voluntad el que haga lo necesario para revertir la concesión de derechos en su parte, ¿verdad? Pongamos que aunque el reclamante me otorgara la razón, éste no accediera a rechazar la concesión de derechos. ¿Dónde podría o a a quién debería dirigirme para ejercer los míos?
Entiendo también -deduzco- que la postura de Youtube es la de inhibirse en estos litigios. Podría llegar a pensar que es lo que más le conviene como empresa en tanto genera beneficio igualmente (más, de hecho) con la monetización "a terceros" de los vídeos, prevaleciendo esto sobre el derecho del reclamado. ¿Esto es así o puedo equivocarme? Me pierdo en el océano de la legalidad.
De nuevo, gracias por el soporte. Así da gusto.