Hola, he estado buscando esto en otros hilos y lo unico que he encontrado es que Ray William Johnson puede subir videos porque en la legislación de EEUU, hay lo conocido como "fair use, que es que se pueden usar contenidos con copyright para hacer parodias de ellos
Entonces la pregunta es la siguiente, yo quiero hacer un canal de youtube sobre critica de cine, he leido los videos han de ser legales segun el copyright del pais en cuestión, en mi caso españa, que lo regula la ley de Derecho de autor epañola,
En dicha ley encontramos que en el ultimo punto dice y copio textualmente
32:Permiso cultural:
1.- . Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya
divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada. Es decir que están permitidas la inclusión de citas de obras, de imágenes, fotografías con fines culturales y sin animo de lucro en obras propias.
Entonces si yo quiero hacer el analisi/critica de una pelicula, entonces el licito que incluya imagenes de esta a dicha critica no?
Entonces youtube no me cerrara los videos de mi criticas porque no me estaria saltando la ley?, la persona que tenga el copyright tampoco tendra derecho a denunciarme?
Un saludo, por cierto si me podeis contestar a xwirus84 en youtube me hariais un favor