Si tú mismo estás interpretando una composición de dominio público, entonces tienes los derechos de esa interpretación o grabación, pero si estás usando la grabación de alguien más, ese tercero puede tener los derechos de esa grabación.
Lamentablemente la música clásica, aunque sea interpretada por los propios usuarios, suele generar muchas coincidencias de ID de contenido, porque probablemente el sistema no puede notar la diferencia entre la grabación que le pertenece a alguna discográfica y la interpretación de un usuario.
Si tienes los derechos, asegúrate de impugnar o contranotificar (dependiendo de la acción que haya tomado el reclamante). Si el reclamante sigue rechazando tus impugnaciones válidas, quizás debas consultar con un abogado. Recuerda que las contranotificaciones pueden tardar varios días en ser procesadas.