Hace unos días subí a YouTube del Congreso de los diputados (España) para editarlo y demás:
https://www.youtube.com/watch?v=vA6jPh8zIhQA las pocas horas recibí una reclamación de derechos de autor por parte de una productora y un canal de YouTube. Les respondí que ese vídeo que subí era de la web oficial del Congreso y por lo tanto ofrecían la descarga libre para que cualquier ciudadano los descargara y usara.
La productora y el canal han respondido que mi respuesta no era suficiente y que insistían en su reclamación de derechos de autor. Así que volví a responder esta vez argumentando que la web del Congreso de los diputados deja muy claro en «¿El uso de las imágenes de Congreso TV es libre? ¿Es posible ver sesiones anteriores?
http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Transparencia/InfCiud/FAQS que se puede descargar sus vídeos: "Los vídeos pueden descargarse, por debates o por intervenciones, una vez que acaba la sesión, y utilizarse libremente". Además añadí que la Ley 18/2015 «Artículo 6. Prohibición de derechos exclusivos." y «Artículo 9. Licencias." defiende que los documentos públicos no tengan restricción de derechos ni exclusividad de uso, por lo tanto no es aceptable que alguien reclame derechos de autor exclusivos sobre los vídeos del Congreso de los diputados.
Ya solo me queda esperar a que productora y canal acepten que no tienen derechos de autor sobre ese vídeo, o que insistan de nuevo en su imposición de copyright y se elimine injustamente el vídeo que subí.