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¿La desmonetización por duplicación incluye el uso de imágenes de bibliotecas gratuitas?

Yolanda 33
21/09/18 18:35
Hola, después de leer las respuestas de los expertos en el foro a varias preguntas sobre material duplicado para el cuál las personas decían tener las "licencias/permisos" de uso de dicho material me ha surgido una duda muy importante.....

¿usar en los vídeos "imágenes" de bibliotecas gratuitas de Creative commons con permiso para uso comercial y sin necesidad de atribución se considera "duplicación" por el hecho de encontrarse ya en otros medios previamente?
Gracias, un saludo.

Respuestas (34)

Moe - The forum bartender
21/09/18 18:41
hola

en caso de tener duplicación, si en verdad tienes las licencias puedes venir e indicarlo.
saludos
Yolanda 33
21/09/18 18:45
Hola, ¿"venir" a dónde?¿dónde se puede indicar y mostrar dichas licencias?
Moe - The forum bartender
21/09/18 18:53
pues al foro jaja
y aquí se te harán una series de preguntas y solicitarán las licencias para revisar qué puede estar pasando.
saludos
Yolanda 33
22/09/18 2:42
Hola, de acuerdo, quiero enviarte las licencias de un canal que me han sancionado por contenido duplicado, dime cómo te las mando, ¿las pego aquí o por privado? Gracias.
Yolanda 33
22/09/18 8:30
Hola, quiero aclarar que esta duda que tengo sobre si la duplicación incluye el uso de imágenes de bibliotecas gratuitas la tengo porque he leído concretamente en un hilo abierto con el título "¿Cómo puedo demostrar que tengo el permiso para publicar un material y monetizarlo? por Leonardo1234", que el creador del hilo, es decir, Leonardo, comentaba que había sido sancionado por "duplicación" y que contaba con las licencias/permisos para usar dicho material, a lo cual dos de los expertos le han contestado:

1. - "@G dijo:
Hola de nuevo, 
No se trata de poner en el nombre del canal oficial.
Me refiero que aunque tengas permiso de los propietarios del material, resubir contenido que ya existen en otros medios, no está permitido para el programa de obtención de ingresos.
Un Saludo."

2.- "alvaro_argentina dijo:
el tema es que el contenido duplicado se prohibe,debes hacer contenido original propio, si subes lo de otro es duplicacion y no se permite
saludos"

Y es que, según las respuestas que dan estos dos expertos, da igual que dispongas de las licencias o no, dicen que si subes algo que ya existe en otros medios de Internet no se permite su uso para monetizarlo,.... por lo que me hace "replantearme" y no entiendo entonces.... ¿está también prohibido el uso de  imágenes de bibliotecas gratuitas de Creative Commons para uso comercial y sin necesidad de atribución, ya que evidentemente son imágenes que ya existen en otros medios porque mucha gente las habrá utilizado antes que yo?.

Por favor, necesito una respuesta clara, me estoy creando un canal nuevo con ilusión y lo tengo parado sólo porque no sé si puedo usar "imágenes gratuitas de libre uso comercial y sin atribución" o no,.... por el hecho de que ya las habrán utilizado otras personas antes de mí.

Gracias, un saludo.
Anderson
22/09/18 16:46
Hola Yolanda.

Lo que yo entiendo es que puedes subir esas imágenes, pero no crear exactamente algo que ya existe (duplicación). Si tu utilizas esa imágenes gratuitas o que tienes licencia para comercializar con ellas y a partir de ellas haces tu propio contenido, no se consideraría duplicado porque eres tú la que crea un nuevo contenido.

A ver si confirman que es así.


Yolanda 33
22/09/18 16:58
Por favor, sigo esperando respuesta a la pregunta que hice en este hilo y para mi es muy importante saberlo.

Algunos expertos dicen que si tienes las licencias puedes usar imágenes gratuitas de Internet y otros dicen que no puedes usar nada que no hayas hecho desde cero tú mismo...... por favor,.... a muchos de los que escribimos en este foro no se nos está ofreciendo otro medio para resolver las dudas aparte de este foro necesito una aclaración sobre este tema en el que haya unanimidad entre las opiniones de los expertos que nos contestáis... hasta el momento me están pareciendo respuestas "contradictorias" según el experto que nos conteste....

Muchas gracias y saludos.
Moe - The forum bartender
22/09/18 16:58
hola

lo que yo recomiendo es que añadas la información de las licencias de las imágenes tomadas en la descripción del video, después manda el video a revisión
saludos
Yolanda 33
22/09/18 17:16
Hola, Anderson... yo pensaba lo mismo que tú, sin embargo mi canal ha sido desmonetizado por duplicación haciendo exactamente eso que tú dices.... mis proyectos son propios creados desde cero "animando" imágenes y personajes  de bibliotecas gratuitas y otras de pago de Internet.... por lo que no me queda tan claro que sea eso que tú dices tan cierto que sea así.....

Moe: tu compañero llamado @G y Álvaro_Argentina han dicho ya en varios hilos incluso a mi directamente qué todo contenido que no sea creado por mí desde cero no lo voy a poder monetizar aunque posea las licencias de dicho material..... entonces por favor aclárame a quien hago caso a lo que me dices tú y me dedico a escribir todo eso en las descripciones o según tus compañeros estoy perdiendo el tiempo porque no puedo hacerlo necesito unanimidad entre los que sois expertos cuando me dais respuestas.... por favor, no sé a cuál de vosotros haceros caso se supone que todos estáis en el nivel experto en este foro y sin embargo vuestras respuestas son contrarias y contradictorias.....

Gracias.
Moe - The forum bartender
22/09/18 17:37
hola

depende el contexto, por eso las respuestas son distintas, si quieres subir canciones y ponerles letras, eso sería contenido duplicado, las canciones aunque tengas los permisos no lo monetizarás porque es contenido duplicado, así pongas la letra no es ningun video original, ahora, si haces un video hablando de cocinar pollo e incluyes musica de fondo de la que tienes permisos sí es monetizable, porque el objetivo del video no es monetizar la cancion, sino el video original del que la cancion solo es complemento.
saludos
Yolanda 33
22/09/18 17:55
En palabras textuales de tu compañero Álvaro_Argentina ha dicho a lo de usar imágenes gratuitas de Creative Commons sin necesidad de atribucion y de libre uso comercial: "sea como sea si usas contenido de terceros deja de ser contenido original de cero, por eso les rechazan"
En este caso "el contexto" es el mismo puesto que la pregunta era la misma.... sobre el uso de imágenes gratuitas de Creative Commons....... él incluso dice que las imágenes las tienes que dibujar tú desde cero y que no las puedes usar en tus proyectos aunque sean gratuitas si quieres monetizarlos..... y tú dices que sí se puede... sigo necesitando unanimidad puesto que a la misma pregunta me habéis contestado respuestas contrarias y contradictorias.... ¿¿se puede o no se puede???

Yo no estoy haciendo alusión a "canciones" en este caso ni de hacer vídeos con letras de canciones sino del uso de imágenes gratuitas de Internet que animo yo a través de programas  en los vídeos..... de hecho muchos son canciones en las que pongo yo la voz y son canciones populares y otras inventadas por mi misma..... pero necesito saber con absoluta claridad si puedo seguir usando dichas imágenes gratuitas o no..... ya que tu compañero Álvaro_Argentina dice que sólo sirven si las dibujo y creo yo desde "cero".

Gracias.


Moe - The forum bartender
22/09/18 18:02
pues la duplicación es por las canciones que no son de tu propiedad, aunque la cantes tú sigue siendo una canción protegida por derechos de autor.
saludos
Yolanda 33
22/09/18 18:09
Moe, te acabo de decir que las canciones que canto son populares....no tienen ninguna autoría, en eso no tengo ningún problema ni duda......
Mi pregunta sigue siendo exactamente la misma con la que hice la pregunta con la que abrí este hilo:
¿ puedo usar imágenes y personajes de bibliotecas gratuitas y y animarlos con programas en mis vídeos o no? ..... tu compañero Álvaro Argentina dice que no y tú que sí.....
Moe - The forum bartender
22/09/18 18:27
yo ya te respondí, dije, pon la información de la licencia de dichas imágenes y ya.

si con eso te aprobaran o no, no sabemos, no sabemos sabemos que videos realices, que tan apegado a la norma esté, y tampoco damos asesoria legal.
saludos
Yolanda 33
22/09/18 18:42
Sí Moe,... ya sé que me respondiste.... y discúlpame si parece que me repito..... porque mi problema no es que no esté entendiendo tu respuesta..... sino que tú me estés diciendo por aquí que sí puedo usar esas imágenes gratuitas si tengo las licencias...... y tu compañero Álvaro_Argentina me esté diciendo por otro hilo justo lo contrario..... "que no puedo usarlas y que las debo crear desde cero yo".....

Mi problema no es que no te entienda..... es que simplemente no sé a cuál de los dos haceros caso..... puesto que ambos tenéis la etiqueta de experto junto a vuestro nick..... pero me estáis diciendo justo lo contrario....... por eso pedía simplemente "unanimidad" entre vosotros...... no sé a cuál de los dos haceros caso....
Moe - The forum bartender
22/09/18 22:53
ninguno somos revisores,  todos te damos un punto de vista basado en las normativas que está disponibles al público.
ahora, si quieres la seguridad del 100% pues sí, hacer contenido absolutamente propio es casi garantía de aprobación si cumple con las normas.

fpardo
23/09/18 4:47
Hola a todos, por favor echad un vistazo a los apartados correspondientes que están en ¿Qué tipo de contenido puedo monetizar? - Ayuda de YouTube a ver si nos podemos poner de acuerdo.

Yolanda, yo veo anuncios en tus vídeos, ¿por qué?

Saludos.
Yolanda 33
23/09/18 13:58
Fpardo.... muchas gracias por tu respuesta... aunque ha sido "corta" en ese link se puede leer claramente (lo pego en la parte de abajo),... que SÍ se puede monetizar contenido de Creative Commons.... y al menos tu respuesta con ese link que nos has puesto es OFICIAL, no una simple y libre interpretación/opinión.... es que hay otros dos colaboradores expertos, concretamente @G y alvaro_argentina que están claramente desinformando e insistiendo de forma repetida que "no se puede bajo ningún concepto" y que "sólo puedes monetizar contenido/imagenes/música que creas tú desde cero y sin ningún tipo de excepción"..... en estos otros dos hilos: " Duda Copyright y distintas respuestas de Jeremix" y "¿Cómo puedo demostrar que tengo el permiso para publicar un material y monetizarlo? de Leonardo" ... 
Llevo dos días enteros con quebraderos de cabeza por este tema, porque por unos hilos me decía Moe que sí podía y los otros dos colaboradores (antes mencionados) que no...

Por lo que agradezco que al menos tú nos des lo que SÍ ES una respuesta OFICIAL con ese link.... y que responde directamente a la pregunta que formulé.


:
... si utilizo contenido con licencia Creative Commons o libre de derechos de autor?

Puedes monetizar contenido con licencia Creative Commons o libre de derechos de autor si en el contrato de licencia se te conceden los derechos de uso comercial necesarios. En algunos casos, los propietarios de los derechos requieren que se mencione al creador o que se proporcione una prueba de compra para utilizar el contenido del vídeo con fines comerciales.



@G
23/09/18 14:03
Hola,

Hay que tener en cuenta y diferenciar dos puntos.
Que contenido es apto para obtener ingresos y cuales son las normas para poder participar en el programa de obtención de ingresos.

Si yo creo un vídeo mio original al que añado material del que tengo licencia como puede ser la de Creative Commons (Que permita uso comercial) puedo monetizarlo y además mi canal sería apto para participar en el programa.

Es diferente que a un canal de YouTube se resuba directamente material que ya exista (Aunque tenga licencia CC) para simplemente monetizarlo.
No está permitido para participar en el programa de obtención de ingresos y además se puede considerar hasta SPAM.

Espero haberlo aclarado.

Un Saludo.
Yolanda 33
23/09/18 14:10
Fpardo... por cierto, ya que hasta el momento considero que eres el colaborador experto que me ha dado la respuesta más coherente / convincente a la pregunta que formulé.... y después de dos días enteros de comerme la cabeza sin descanso.... me harías el favor de indicarme según tu opinión y conocimientos sobre el tema..... ¿qué material de mi canal sería el que se podría haber considerado "duplicado" como para "desmonetizármelo"....?

Es que realmente siento que ha podido ser algún tipo de error a nivel interno de Youtube,..... pero como no me han hecho alusión a ningún video en concreto ni nada de nada.... no paro de investigar y de darle vueltas a ello... y es que no encuentro por ninguna parte ningún material que se pueda considerar "duplicado"...... por eso abro todos estos hilos/preguntas sobre lo que se puede monetizar y lo que no.... ya que sigo intentando descubrir cuál fue el motivo que dio mi canal para que se me notificase por "contenido duplicado".....

Y gracias por tu ayuda de antemano.

Yolanda 33
23/09/18 14:30
@G, de acuerdo,... realmente te vi contestar lo contrario en otro hilo del que se hablaba exactamente de esto mismo.... pero no voy a "revolver" todo lo hablado anteriormente, me sirve con lo que me acabas de decir es suficiente....

De verdad,... necesitaría que alguno de vosotros, los colaboradores expertos que sí reconocéis que se puede usar imágenes de bibliotecas gratuitas o de las que tienes licencias para uso comercial....  me indicáseis cuál es el contenido que según vosotros se puede considerar "duplicado" en mi canal... si todas las imágenes que uso son con licencias y los proyectos son todos creados desde cero,... animando las imágenes/personajes con programas, hablando yo con mi voz, y cantando canciones populares que son de dominio público y sin autoría.... 

Gracias.
@G
23/09/18 14:34
Hola,

Puedes crear contenido original tuyo al que añadas imágenes de las que tengas licencia para uso comercial.
En eso no hay problema.

El problema está en si creas por ejemplo un vídeo íntegro con material de otras personas (aunque tengas licencia de uso comercial).

¿Cual es la URL del canal?

Un Saludo.
KILLA
23/09/18 14:42
Hola @G, en mis videos tambien hago contenido original pero añado imagenes de uso comercial para complementar lo que digo, me podrias decir al igual que le diras a Yolanda 33 si este video es apto tal y como esta hecho porfavor? 

Yolanda 33
23/09/18 14:57
@G mi canal es "-----"....mis videos no pueden existir en internet previamente porque son proyectos realizados por mi y por mi pareja desde cero,... con imágenes que permiten licencias de uso comercial de distintas bibliotecas (algunas gratuitas y otras de pago).... y con audio de fondo también gratuitas (algunas de la biblioteca del Youtube y otras tocadas por mi pareja con un instrumento musical de forma muy básica...).... incluso algunas de las imágenes son creadas por mí desde cero....
La voz de todos los videos es la mía.... y todas las canciones de los vídeos son populares de dominio público sin autoría.... excepto dos de ellas que son totalmente inventadas desde cero por mi....

... entonces y según tú,... cuál se podría considerar la duplicación??

Gracias.
Leonardo1234
23/09/18 15:28
Antes que nada quiero preguntar, ¿porqué fue borrado el hilo original, en donde plantee la pregunta que dio origen a este debate?: La de, "¿Cómo puedo demostrar que tengo el permiso para publicar un material y monetizarlo?" ¿Fue acaso porque nombré a FailArmy, quienes de manera masiva realizan justamente esto de subir "contenido duplicado", ganando cientos de dólares con esto (quizás miles), pero que... por tratarse de una empresa de 15 millones de subscriptores no pasa nada?

En mi caso, y como lo expuse en ese hilo que borraron (presumiblemente, los mismos expertos que se contradicen en sus respuestas) ni teniendo el permiso directo de los realizadores me lo quieren permitir. Y eso que es para prestar un servicio, de un material del cual no quedan copias. Porque se trata de programas radiales, que emiten en directo y que no tienen repetición, ni podcast, algunos ni siquiera cuentan con una página web en donde resguarden sus audios, es por eso que ni ellos mismos las graban y me habían cedido esa labor.

Entonces, visto desde este punto. No es "material existente o que ya existe en otro lugar". Ya que "existe" mientras es emitido, y luego de eso se pierde irremediablemente. Y hablo de simples relatos y vivencias habladas (incluso sin un fondo musical), llamadas telefónicas, 
nada de canciones o material comercial que afecte a terceros. Es más, la divulgación del mismo, más que afectar, beneficiaba a  sus realizadores. Ya que su difusión ayudó en todos estos años a dar a conocer estos programas en diferentes partes del mundo y a diferente público.

Y sí, no son mis propias creaciones. Así como lo son tampoco el que se usa de las bibliotecas 
gratuitas de Creative commons, mismas que los expertos mencionaron varias veces que imposibilitan la monetización, porque se trata de material ya antes existente, y no de algo hecho por mi desde cero. En mi caso, este material que es desechado (y desde ahí ya se le puede considerar Creative Commons), lo tomo, colecciono y le doy un trato especial. Y por eso mi canal se había convertido en una biblioteca, quizás uno de los mayores referentes en esta temática. Y que ahora por esta restricción de la plataforma, he sido obligado a borrar. Y no hablo de 3 archivos, sino de alrededor de 7500 audios que había reunido tras 15 años en esta labor (y 6 años subiendo a la plataforma)

Mencionan ahora los expertos, que si se tiene un permiso, SÍ se puede monetizar. Pero siguen sin contestar a dónde hay que enviar esas evidencias. Cómo se contacta directamente con alguien encargado de revisar minuciosamente estos casos y exponerle toda la situación. Simplemente, y de forma tajante dicen que no se puede. Y no dan la posibilidad de mostrar las evidencias.

Y en el enlace que comparten dice, 

Puedes monetizar ese contenido, pero tendrás que proporcionar un permiso por escrito explícito del propietario de los derechos que te otorgue los derechos de uso comercial de dicho contenido cuando te lo solicitemos.
----------------------------------------------
Y volvemos a lo mismo. lo del tal permiso, pero no señalan el lugar en dónde hay que presentarlo. 
Anderson
23/09/18 17:05
Bua, que locura de foro de verdad, no nos ponemos de acuerdo en nada jajaj.

A ver, todo esto de copyright e internet, siempre van a haber ambigüedades e inexactitudes porque todo forma parte de la interpretación de la justicia, incluso entre los más grandes existe de que si unos se copian a otros (Samsung vs Apple lo más claro).

Como ha dicho Yolanda, en este foro los colaboradores te darán desde su punto de vista de expertos, lo que se debería de hacer, aunque muchas veces dicen cosas con rotundidad que no son ciertas (que un canal no va a monetizar si tienen contenido de terceros, cuando hay miles que lo hacen) pero ellos no van a ser los que vayan a revisar tu canal, sino personal de Youtube y tu canal será monetizado o no dependiendo de la interpretación del que lo revise.

A mi me parece contenido de calidad y didactico el que haces Yolanda, pero el caso es que en un mes vas a estar sin monetizar lo mínimo, haya sido justo o no tu desmonetización. Tienes razón que nos dejan un poco tirados ofreciéndonos solamente este foro para comunicarnos pero bueno. Espero que sigas con la ilusion y tus videos porque falta hacen más como eso y no tanto "kaka,pedo, te mato, cabrones" y demás contenido tóxico para chavales que se suele impulsar más.

La respuesta en este foro está clara, algo que no hayas hecho tú no puedes mostrar en un video porque no te van a monetizar (ni fotos, ni marcas, ni nada), tienes que dibujar tu, crearte tus propias canciones tú, aparecer solo tú y todo tú, sino, fuera la monetización de todo el canal, pero el hecho es, de que si de verdad Youtube hiciera eso con su plataforma, no tendría tantos usuarios ni de coña. Que paradójico.


beckhan33
23/09/18 19:55
Ironico pero Mejor Vallan y Resuban programas de TV  pues para el Youtube de Hoy  ese no es contenido duplicado , 
Leonardo1234
23/09/18 21:03
Pues, justamente, si estas grabaciones y/o segmentos de películas son subidos por grandes como FailArmy, WatchMojo, Movieclips, o incluso, Badabum (por nombrar solo unos cuantos). No hay problema. En especial con Badadun, a quien le han comprobado que se ha robado y resubido varios vídeos de YouTubers más pequeños. Monetizado y luego reclamado a los primeros por supuesto copyright. Total, ante los ojos de YouTube eso "No es", para nada, "contenido duplicado".

Pero si eres solo un YouTuber común y corriente, estarás vulnerando las normas de YouTube. Porque subiste contenido que "tu no las creaste desde cero". Y como no tienes el apoyo monetario $$$ que tienen los anteriormente nombrados, pues te jodes. Tu contenido no es apto para monetizar (Mientras que en el caso de los anteriores, sí. Así el material no sea de ellos o solo lo estén resubiendo a la plataforma) "Poderoso caballero es don dinero" ¿no?
Lor StudiosTV Deportes
26/09/18 18:14
Es una pena que Youtube haga todo esto de los duplicados. A mi canal, que son entrevistas, que todo esta en orden con derechos de autor. Hagan esto. No es justo para varios que le dedicamos tiempo y trabajo a nuestros videos. Y todavia te dan un mes para reclamar. Esto me suena a que no quieren pagar. De millones de canales de poquito dinero es mucho en total. Es una pena. Y desconozco alguna forma de ponerme en contacto directo con ellos para que me digan cual de todos mis videos es el que para ellos es duplicado. Si alguien sabe como contactar directo a youtube se los agradeceria.
@G
27/09/18 4:12
Hola,

Sobre la aclaración que indiqué hay que tenerla en cuenta para preguntas como estas.
Es diferente que vídeos son aptos para monetizar (De forma individual) y cuales son los criterios para obtener ingresos a nivel del canal y pasar correctamente el proceso de revisión.

Hay que tener en cuenta y diferenciar dos puntos.
Que contenido es apto para obtener ingresos y cuales son las normas para poder participar en el programa de obtención de ingresos.

Si yo creo un vídeo mio original al que añado material del que tengo licencia como puede ser la de Creative Commons (Que permita uso comercial) puedo monetizarlo y además mi canal sería apto para participar en el programa.

Es diferente que a un canal de YouTube se resuba directamente material que ya exista (Aunque tenga licencia CC) para simplemente monetizarlo. Incluso un programa de TV que solo esté mientras se emita.
No está permitido para participar en el programa de obtención de ingresos y además se puede considerar hasta SPAM.

Espero haberlo aclarado.

Un Saludo.

On Monday, September 24, 2018 at 12:28:57 AM UTC+2, Leonardo1234 wrote:

Entonces, visto desde este punto. No es "material existente o que ya existe en otro lugar". Ya que "existe" mientras es emitido, y luego de eso se pierde irremediablemente. Y hablo de simples relatos y vivencias habladas (incluso sin un fondo musical), llamadas telefónicas, 
nada de canciones o material comercial que afecte a terceros. Es más, la divulgación del mismo, más que afectar, beneficiaba a  sus realizadores. Ya que su difusión ayudó en todos estos años a dar a conocer estos programas en diferentes partes del mundo y a diferente público.

Y sí, no son mis propias creaciones. Así como lo son tampoco el que se usa de las bibliotecas 
gratuitas de Creative commons, mismas que los expertos mencionaron varias veces que imposibilitan la monetización, porque se trata de material ya antes existente, y no de algo hecho por mi desde cero. En mi caso, este material que es desechado (y desde ahí ya se le puede considerar Creative Commons), lo tomo, colecciono y le doy un trato especial. Y por eso mi canal se había convertido en una biblioteca, quizás uno de los mayores referentes en esta temática. Y que ahora por esta restricción de la plataforma, he sido obligado a borrar. Y no hablo de 3 archivos, sino de alrededor de 7500 audios que había reunido tras 15 años en esta labor (y 6 años subiendo a la plataforma)

Mencionan ahora los expertos, que si se tiene un permiso, SÍ se puede monetizar. Pero siguen sin contestar a dónde hay que enviar esas evidencias. Cómo se contacta directamente con alguien encargado de revisar minuciosamente estos casos y exponerle toda la situación. Simplemente, y de forma tajante dicen que no se puede. Y no dan la posibilidad de mostrar las evidencias.

Y en el enlace que comparten dice, 

Puedes monetizar ese contenido, pero tendrás que proporcionar un permiso por escrito explícito del propietario de los derechos que te otorgue los derechos de uso comercial de dicho contenido cuando te lo solicitemos.
----------------------------------------------
Y volvemos a lo mismo. lo del tal permiso, pero no señalan el lugar en dónde hay que presentarlo. 
Relatos De Horror
30/09/18 9:16
Hola @G tengo unaS duda respecto al punto y la conversación en general.

"No está permitido para participar en el programa de obtención de ingresos y además se puede considerar hasta SPAM."

Si mi contenido se distribuye en plataformas tipo podcast como itunes, spotify, ivoox para llegar a más personas y por solicitud de mi audiencia, ¿sería considerado contenido duplicado? (considerando que primeramente se sube a Youtube).


¿Si tuviera un espacio en radio y tuviera el contrato donde me mencionen que puedo utilizar el contenido generado en este por la interacción de las llamadas del publico lo pudiera monetizar o sería apto como complemento a mi canal?

Ahora bien, entiendo la parte del Copyright y el uso comercial permitido, por algo pago licencias en audioblocks y busco imágenes que permitan esto, de igual manera estoy haciendo unas animaciones que realizare a modo de loop ya que mi contenido esta más enfocado a audio. ¿Si uso esas animaciones cada cierto número de vídeos serían marcadas como contenido duplicado (el audio sería distinto? La idea es tener varias opciones a la mano para ir variando los fondos interactivos, pero eso me llevará tiempo (son casi 30 minutos por animación más la ilustración de cada elemento y capa)

Mi canal esta registrado como marca al igual mande a registrar los derechos de autor de banners, animaciones e ilustraciones que se han realizado, el contenido se basa en experiencias que son proporcionadas por las personas ya sea vía inbox de Facebook o correo electrónico, estas vienen tal cual como se comparten y posteriormente se pasan a adaptar y reescribir con las palabras del redactor, pero sin que se pierda la idea original, esto se llama parafraseo y viene contemplado en el registro de derechos de autor como algo legal. 

¿Basado en esto, consideras adecuado mandar a registro de autor todo ese material que se ha parafraseado? Mismo que no se ha subido a la web, ni en paginas, por lo mismo que existen personas que copian, pegan en loquendo y listo. y otro ¿Que otro seguro me recomiendas para mantener lo más sano posible mi canal?

@G
30/09/18 9:27
Hola,

Si mi contenido se distribuye en plataformas tipo podcast como itunes, spotify, ivoox para llegar a más personas y por solicitud de mi audiencia, ¿sería considerado contenido duplicado? (considerando que primeramente se sube a Youtube).

Si es tu contenido original y que respeta las normas del programa de Partners, da igual a donde más lo subas.

¿Si tuviera un espacio en radio y tuviera el contrato donde me mencionen que puedo utilizar el contenido generado en este por la interacción de las llamadas del publico lo pudiera monetizar o sería apto como complemento a mi canal?

Al no ser el propietario del material además de que ya se esté publicando en otro lugar... No es contenido original con el que poder pasar de forma satisfactoria la revisión de YouTube para el programa de Partners.

Sobre los otros temas legales, es algo que se escapa de YouTube y debes tratarlo con un abogado. No podemos asesorar sobre esas cuestiones.

Un Saludo.
Relatos De Horror
30/09/18 9:35
Hola, gracias por las prontas respuestas. Lo de la radio es un ejemplo, de hecho si lo hiciera yo sería el propietario de dicho programa.

Con respecto a lo que comente sobre los candados del contenido, lo comento no tanto desde un aspecto legal, si no de la manera de como presentar las pruebas a Youtube que soy dueño de dichos contenidos, lo mismo ocurre con Google en cuestiones de contenido duplicado en webs, es como por ejemplo cuando citaron que en caso de que salga un detalle con una canción comercial, es cuestión de enviar el comprobante de pago para las licencias de uso, es más ocurre hoy en día cuando salen iconos amarillos en los vídeos y se solicita el retiro de estos al denunciante.




Leonardo1234
3/10/18 23:26
Siguen dando la respuesta de que el "contenido duplicado", es todo aquel material que subimos y que ya existía previamente, sea en esta o en otra plataforma. Y que por ello "no es contenido original" que podamos monetizar, incluso teniendo los permisos pertinentes de sus creadores; Pero no le han contestado a los presentes, porqué entonces Youtubers grandes, empresas cómo Fail Army y similares, sí pueden monetizar esos vídeos. Vídeos que justamente, no son suyos, y que ya se encuentran previamente subidos en los respectivos canales de los usuarios originales que los grabaron. ¿por qué esa desigualdad? Necesitamos equidad aquí. Reitero mi caso, yo tengo los permisos de los creadores de los vídeos que subía (Así como se presume, lo hace la empresa previamente mencionada)