Hola Gari,
No me importaría que el nombre fuera parecido, pero en este caso si que me importa porque utiliza exactamente el mismo que el mío. Yo creía que no se podía utilizar un nombre que perteneciera a otro usuario, para entendernos, pongo por ejemplo: si yo ahora a mi perfil lo definiera con el nombre comercial "Google o Youtube", aprovechándome del prestigio y de la gran difusión de la marca, y a partir de ahí comenzara a publicar vídeos, fotografías y comentarios que nada tuvieran que ver con el legítimo propietario del nombre y que a su vez socavan la imagen y el prestigio de la marca comercial, me imagino que Google no lo consentiría e interpondría acciones legales para impedir que yo continuara con ese nombre. Tampoco comprendo como me dices que que las intenciones no son de copia cuando el nombre de los canales de Youtube y Google+ de este usuario son exactamente el mismo que el mío, si no es copia será réplica.
Si tienes oportunidad abre las páginas de los dos usuarios y comprobarás que es cierto lo que te estoy diciendo. En cuanto a las directrices de suplantación de identidad en Google+ que me facilitas, dice lo siguiente:
- Tal y como se estipula en la Política de contenido y conducta del usuario de Google+, está prohibido utilizar productos de Google con fines de suplantación de identidad. Es decir, no se puede crear una página o un perfil de Google+ que pueda inducir a los usuarios a pensar que se trata de la página o el perfil oficial de una persona, empresa u organización cuando no es así.
Yo creo que más claro no puede estar.
Espero tu respuesta y que me orientes de que manera puedo actuar para impedir que continúe esta situación tan incomoda, pero en cualquier caso quiero agradecerte la rapidez en tus respuestas y el interés demostrado.
Un saludo.