Anteriormente publique un videoclip subtitulado, pero me lo bloquearon por Copyright. Inmediatamente lo impugne utilizando ese texto que siempre utilizan para hacerlo: "b
ajo la Sección 107 del Acto 1976 de Derechos..."; ya que no lo había monetizado y solo quería lo viesen subtitulado.Paso un mes y la empresa discográfica no me respondió dando entender a YOUTUBE que podía publicarlo. Entonces mi duda era si se podía anticipar a todo el papeleo de la impugnación por Copyright, ya que vi que en una de las causales de la impugnación salia de que si tenias el permiso del autor para publicarlo, claro que esta opción es POST-publicación. Y de ser posible como se haría.
Es decir poniendo un supuesto: la empresa dueña de los derechos contacta con YOUTUBE y le dice que cierto canal va a publicar un video y que no se lo bloquee pero solo para ese canal. Es factible eso? a ver si alguno de ustedes lo haya intentado o logrado o si conocieran a un trabajador de youtube para responder a estas dudas mías.
En mi opinión yo creo que debería ser factible, sobre todo para videos subtitulados sin monetizar en los cuales solo se quiera difundir la traducción de una canción. Ya que no quiero pasarmela vida impugnando XD.